Noticias

lakrítica.comSubsidios¿Qué pagos en salud tendrán los grupos C y D del RUI?
Así quedarían los pagos en salud para los grupos A, B, C y D del RUI.

¿Qué pagos en salud tendrán los grupos C y D del RUI?

El Registro Universal de Ingresos ahora permite consultar el régimen de salud del ciudadano y, ante el paso de miles de hogares a los grupos C (vulnerabilidad) o D (no pobre ni vulnerable), ahora la pregunta es: ¿qué grupos del RUI tendrán gratuidad total o parcial en la atención médica?

Lo que encontrarás aquí

Este nuevo sistema de información social ajusta el tipo de afiliación (subsidiado o contributivo) según la capacidad económica real del núcleo familiar. Con esos datos se definirán pagos, copagos y el periodo de protección o tiempo de espera para quienes estaban afiliados al régimen subsidiado.

¿Quiénes asumirán pagos en salud según el RUI?

El sistema conserva, por ahora, la cobertura total, media y nula para los mismos grupos que se venían manejando con el Sisbén, hasta que un acto administrativo indique lo contrario. Las cuotas moderadoras y copagos se mantienen así:

  • Pobreza extrema y moderada —grupos A y B—: la gratuidad es total. Estos hogares no pagan cuotas moderadoras ni copagos dentro del régimen subsidiado. El Estado cubre el costo de la atención médica.
  • Vulnerabilidad —grupo C—: no paga cuotas moderadoras por consulta externa, aunque debe asumir un copago del 10 % en algunos servicios. La protección legal asigna ciertos topes para evitar deudas impagables: un máximo de $651.155 por evento y un límite anual de $1.302.309. Este cobro no se limita a la atención de alta complejidad, ya que algunos servicios de alto costo están exentos.
  • Población no pobre ni vulnerable —grupo D—: quienes tengan capacidad para cotizar deben ingresar al régimen contributivo. Si no cumplen las condiciones para ser cotizantes o beneficiarios, pueden continuar en el régimen subsidiado mediante una contribución solidaria mensual, calculada según el subgrupo y cobrada por cada integrante mayor de edad.

Te puede interesar: Sisbén, Registro Social de Hogares y RUI: ¿quién tendrá la última palabra?

¿Hasta cuándo la salud subsidiada?

El cambio de puntaje no actúa con cobros inmediatos. Existe un periodo de transición de tres meses, activo hasta el 31 de octubre. Durante este tiempo, las Entidades Promotoras de Salud analizan nuevas cifras antes de aplicar ajustes en los usuarios a partir del mes de noviembre.

La ley busca salvaguardar servicios esenciales sin costo alguno, esto sin importar la letra del grupo en el RUI. Las rutas de promoción de salud, el control prenatal, la atención del parto y el posparto mantienen la tarifa de cero pesos. De igual forma, los tratamientos para enfermedades de alto costo o catastróficas, como el cáncer, gozan de protección total contra cobros adicionales.

¿Dónde consultar el régimen de salud?

El ciudadano dispone de dos enlaces de consulta para revisar su afiliación en tiempo real:

  1. La Ventanilla Social del Registro Universal de Ingresos, que ahora muestra la información médica vinculada a la situación socioeconómica del hogar.
  2. El Portal de la ADRES, que ofrece la plataforma de consulta de la Base de Datos Única de Afiliados – BDUA, del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Estas herramientas permiten confirmar si el carné está activo o si el sistema detectó ingresos fijos que exijan el paso del régimen subsidiado al contributivo.

Preguntas que le hacen a la Krítica:

  • ¿Si el sistema me pasó al grupo D tengo que pagar la consulta médica de mañana? No. El periodo de protección o espera es de tres meses.
  • ¿Pueden quitarme la salud subsidiada por prestar mi cuenta para favores o giros familiares? El sistema del RUI busca identificar ingresos constantes. El desafío radica en separar pagos ocasionales de una verdadera capacidad de pago. Ante errores, el ciudadano debe acudir a las oficinas encargadas para corregir su ficha.
  • ¿Qué pasa con las citas de los niños si el puntaje sube? Los servicios de control para menores y las vacunas permanecen gratuitos. La protección a la infancia es una prioridad legal que no depende de la clasificación económica del hogar.
  • ¿Dónde se consultan los ingresos que el sistema me registró? La ficha completa aparece en el portal oficial de la Ventanilla Social tras un registro personal. Allí se visualizan las fuentes administrativas utilizadas para el cálculo de su nueva categoría.

Mientras tanto, queda pendiente la aclaración por parte de MinSalud y las demás entidades responsables, para comprender cómo se aplicarán las tarifas, los copagos y la contribución solidaria con la nueva clasificación. También se espera que el DNP explique qué pasará ahora con los miles de colombianos que estaban en los grupos A o B y pasaron a C o D, aunque las decisiones en el área de salud no dependen de esta entidad.

Entrada Relacionada