El salario mínimo de 2026 no baja, pese a la demanda contra el decreto que lo fijó, expedido por el Gobierno Petro. Para 2027 falta saber cuánto subirá: los sectores ya plantean cifras.
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¿El mínimo 2026 se queda como está?
Presidencia se pronunció en redes sociales ante el rumor de una reducción en el salario mínimo 2026, por demandas ante el Consejo de Estado contra el decreto que lo fijó. Lo negó con un mensaje contundente: “¡Que no lo confundan!”. El mínimo sigue en $2.000.000: $1.750.905 de sueldo base más $249.095 del auxilio de transporte. El Gobierno no ordenó reducción alguna, así que ningún trabajador está obligado a devolver un solo peso.
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¿Quién fija el salario mínimo 2027?
La cifra exacta aún se desconoce: el Gobierno nacional no la ha definido ni decretado. Entre noviembre y diciembre de 2026, la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales iniciará la negociación. En la mesa participan tres actores principales: el Gobierno, los empleadores y trabajadores. Si hay acuerdo entre los tres (tripartito), el mínimo se fija por decreto. De lo contrario, el Gobierno lo decreta por su cuenta antes del 30 de diciembre, para que empiece a regir a partir del 1 de enero de 2027.
Esta será la primera negociación salarial del Gobierno de Abelardo de la Espriella. Las cifras que plantean empleadores, sindicatos y pensionados son preliminares. A la fecha, la mesa no tiene una propuesta concertada.
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¿Qué cifras proponen?
La negociación formal empieza en pocas semanas. Estas son las propuestas actualizadas:
| Propuesta | Quién | Salario base 2027 | Aumento |
|---|---|---|---|
| 8% | Banco de Bogotá (cálculo técnico) | $1.890.977 | $140.072 |
| 8,5% | Banco de Bogotá (estimación del ajuste final) | $1.899.732 | $148.827 |
| 9% | Fenalco | $1.908.486 | $157.581 |
| 38,5% | Sindicatos y pensionados | $2.425.003 | $674.098 |
Fenalco pide un máximo de 9 %. Los sindicatos y las confederaciones de pensionados piden hasta el 38,5 %. El Banco de Bogotá calcula un 8 % desde lo técnico y prevé que se redondee a un 8,5 % al incluir factores políticos y de sensibilidad gubernamental.
¿Qué dice la ley?
La Ley 278 de 1996 exige que el aumento sea, como mínimo, igual a la inflación. Subir menos es ilegal. La productividad del trabajador se tiene en cuenta, pero no es obligatorio sumarla. La inflación es el mínimo. Lo demás se negocia.
La Comisión debe decidir a más tardar el 15 de diciembre. Si no hay acuerdo, el Gobierno decreta antes del 30. El nuevo mínimo rige a partir del 1 de enero de 2027. Hasta ese día, la remuneración de 2026 no cambia.



